sábado, julho 28, 2007

La invalidez de las excomuniones a Monseñor Lefebvre

Por correo electrónico me solicita un lector que escriba alguna entrada explicando la situación de la excomunión de Monseñor Lefebvre tras el Motu Proprio.
En primer lugar tengo que responder que la invalidez de tales “excomuniones” es previa a la promulgación del Motu Propio. Sería pretencioso por mi parte el pretender ir más allá de estudios serios, algunos de ellos en línea. Sirvan, por ejemplo, estos enlaces sobre un estudio teológico de las consagraciones episcopales de Monseñor Lefebvre y este otro estudio canónico sobre susodicha “excomunión” y la inexistencia de Cisma. Ambos son estudios en castellano, muy meditados, con multitud de argumentos y bien razonados que demuestran la invalidez de dichas excomuniones y a ambos remito a nuestro amable lector. Otro estudio externo que merece la pena citar es la Tesis Doctoral del Padre Gerald Murray (un Sacerdote que ni es tradicionalista ni miembro de la Hermandad de San Pío X), defendida en una Universidad vaticana, y que mereció la más alta distinción académica.
En segundo lugar el Motu Proprio es una prueba a posteriori de que tal excomunión no es válida en tanto en cuanto hay –y digo esto para nuestros más recalcitrantes, y hasta furibundos, lectores anti-Hermandad San Pío X- dos hechos: uno que se reconoce explícitamente por el Motu Proprio que la Misa de siempre no ha estado prohibida nunca. Sin embargo dicho reconocimiento ha sido necesario por cuanto de facto, a menudo a manos de los Obispos, sí que estaba prohibido. Si Monseñor Lefebvre, digamos equivocadamente o no (eso poco importa para la cuestión de si las excomuniones son inválidas), creyó subjetivamente estar en un estado de necesidad por cuanto la continuidad de la Liturgia tradicional estaba en peligro por la situación de facto y por ello ordenó Obispos, entonces ciertamente no puede ser excomulgado, como el propio Código de Derecho Canónico contempla.
En tercer lugar hay datos indirectos, también previos al Motu Proprio, que corroboran la posición de ni cismática ni de excomulgados. Por ejemplo Roma no interviene en materia de los Sacerdotes ortodoxos, puesto que son cismáticos. No es ese el caso de los Sacerdotes de la Hermandad, cuyos asuntos canónicos individuales son juzgados por Roma, por ejemplo en el caso de sanciones canónicas, reducción al estado laical, etc.
Finalmente el problema de la Liturgia modernista no pivota alrededor del Motu Proprio, sino que es un problema en sí mismo.

Rafael Castela Santos

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